El avance político entre México y Estados Unidos todavía debe traducirse en documentos aduaneros para modificar los aranceles sectoriales.
El anuncio de que México y Estados Unidos están cerca de un acuerdo comercial todavía pertenece al terreno de la negociación, no al de una nueva regla aduanera. El 20 de octubre de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum dijo que las conversaciones avanzaron y que existe una actitud favorable del gobierno estadounidense, pero también reconoció que persisten diferencias sobre vehículos, acero y aluminio. Ese mismo día, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, señaló ante el Senado que reducir los aranceles aplicados bajo la Sección 232 sigue siendo una prioridad mexicana.
La mejor forma de medir el alcance de la noticia es compararla con dos momentos distintos: el acuerdo bilateral de 2019, que sí ordenó retirar determinados gravámenes al acero y al aluminio, y la revisión de 2026 del T-MEC, que mantiene abierto el marco de negociación sin haber sustituido las disposiciones arancelarias vigentes. La comparación muestra por qué un entendimiento político puede ser importante y, al mismo tiempo, insuficiente para cambiar el costo de una importación.
2019 ofrece una pista: un acuerdo comercial necesita una instrucción aplicable
En mayo de 2019, México y Estados Unidos anunciaron formalmente la eliminación, en un plazo máximo de dos días, de los aranceles que ambos países habían impuesto bajo la Sección 232 a productos de acero y aluminio. El documento bilateral también contempló medidas contra el desvío de mercancías procedentes de terceros países y un mecanismo de vigilancia para detectar aumentos significativos en los flujos comerciales.
Ese antecedente es distinto del anuncio de octubre de 2026. En 2019 se publicó un entendimiento con compromisos concretos, categorías de productos y una fecha de ejecución. En cambio, en la información difundida este martes no se reportó la firma de un instrumento definitivo ni una proclamación estadounidense que elimine o reduzca de manera general los gravámenes señalados por Sheinbaum y Ebrard.
La similitud entre ambos episodios está en que la Sección 232 vuelve a ser el centro de la disputa. La diferencia decisiva es documental: en 2019 el comunicado bilateral acompañó una decisión operativa; ahora las declaraciones describen el estado de una negociación. No son etapas equivalentes, aunque la primera puede servir como precedente de lo que tendría que ocurrir después.
Los aranceles no desaparecen por estar sobre la mesa
Las reglas estadounidenses vigentes muestran la distancia entre la expectativa y la aplicación práctica. La proclamación de junio de 2026 estableció que determinados productos de acero y aluminio están sujetos a un arancel adicional de 25 por ciento. Para mercancías de México que cumplen con el trato preferencial del T-MEC, ese gravamen se calcula sobre el contenido no estadounidense, pero la propia disposición fija que el impuesto efectivo total no puede ser inferior a 15 por ciento en los casos comprendidos por esa regla.
Esto no significa que todo embarque mexicano de acero o aluminio pague automáticamente la misma tasa. El resultado depende de la clasificación arancelaria, del origen, del contenido estadounidense declarado y de los procedimientos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza. Pero sí permite afirmar algo más preciso: no existe, al 22 de octubre de 2026, una eliminación general anunciada para esos sectores.
En automóviles opera una lógica parecida. La proclamación estadounidense de marzo de 2025 fijó un arancel de 25 por ciento para los vehículos cubiertos por la medida, con un mecanismo para que los modelos que califican bajo el T-MEC puedan calcularlo únicamente sobre el contenido no estadounidense, siempre que el importador presente la documentación requerida y obtenga la aprobación correspondiente. Por ello, la discusión bilateral no parte de un comercio completamente libre de cargas extraordinarias, sino de un sistema con excepciones, requisitos y posibles acumulaciones de tarifas.
La exposición mexicana tampoco se limita a las armadoras. El acero y el aluminio son insumos de cadenas automotrices, de maquinaria, construcción, electrodomésticos y envases. Una reducción sectorial tendría efectos distintos según se aplique al producto final, al contenido metálico o a los componentes, y según modifique o no los requisitos de origen del T-MEC. Esa precisión es uno de los límites de comparar el momento actual con 2019: aquel entendimiento se concentró en determinadas medidas sobre metales, mientras que ahora la negociación abarca también automóviles, reglas de origen y otros asuntos de la revisión del tratado.
La revisión del T-MEC añade una capa política que no sustituye al derecho aduanero
Estados Unidos, México y Canadá realizaron el 1 de julio de 2026 la revisión conjunta prevista por el T-MEC. La Oficina del Representante Comercial estadounidense informó entonces que Washington no aceptó renovar el acuerdo en su forma actual, aunque aclaró que el tratado permanece vigente mientras continúen las conversaciones o hasta que se determine su terminación.
Ese dato ayuda a entender el lenguaje utilizado por los gobiernos. El posible acuerdo bilateral no necesariamente sería un tratado nuevo ni una renegociación completa del T-MEC. Podría convertirse en un entendimiento administrativo, una modificación de una proclamación presidencial, instrucciones a las autoridades aduaneras o compromisos sobre contenido regional y cadenas de suministro. Cada modalidad tendría un alcance diferente y requeriría instrumentos distintos.
Las rondas bilaterales celebradas durante 2026 confirman que acero, aluminio y automóviles forman parte de una agenda más amplia. En julio, la USTR y la Secretaría de Economía reportaron conversaciones sobre esos sectores, además de seguridad económica, agricultura, trabajo y servicios de pagos electrónicos. Esa amplitud explica por qué un avance en la relación política no equivale necesariamente a una solución inmediata para cada fracción arancelaria.
Qué tendría que aparecer para hablar de un cambio real
El precedente de 2019 permite identificar las señales que separarían una promesa de un resultado verificable. Primero tendría que conocerse el texto del entendimiento o de la decisión estadounidense. Después deberían publicarse las modificaciones correspondientes en el Arancel Armonizado de Estados Unidos, una proclamación presidencial, una notificación del Registro Federal o instrucciones de la autoridad aduanera, según el mecanismo elegido.
También sería necesario precisar la fecha de entrada en vigor, los productos incluidos, la forma de acreditar el contenido estadounidense o norteamericano, el tratamiento de las mercancías en tránsito y la relación con otras tarifas aplicables. Sin esos elementos, las empresas y los agentes aduanales no pueden asumir que una tasa fue reducida, que una excepción es automática o que el beneficio cubre a toda una industria.
La expectativa política sí tiene valor: indica que Washington y Ciudad de México buscan evitar una ruptura y que los tres sectores continúan siendo negociables. Sin embargo, el límite de la comparación con 2019 es claro. Aquel acuerdo produjo una obligación bilateral identificable; el anuncio de octubre describe una posibilidad todavía condicionada a resolver diferencias.
La siguiente prueba no será otra declaración sobre la cercanía del acuerdo, sino la publicación de una medida con alcance aduanero definido. Si aparece, podrá evaluarse qué parte del gravamen se elimina y para quién. Si no aparece, los aranceles sectoriales seguirán siendo el punto de referencia para las operaciones comerciales entre ambos países.
Fuentes consultadas
- La Jornada, 20 de octubre de 2026: declaraciones de Claudia Sheinbaum sobre el avance de la negociación.
- Canal del Congreso, 20 de octubre de 2026: comparecencia de Marcelo Ebrard y prioridad de reducir los aranceles de la Sección 232.
- Casa Blanca, 1 de junio de 2026: proclamación sobre los aranceles aplicables a acero y aluminio.
- USTR, 1 de julio de 2026: situación de la revisión conjunta del T-MEC.
- USTR y Gobierno de México, 2019: entendimiento bilateral sobre aranceles de acero y aluminio.
- Casa Blanca, 26 de marzo de 2025: proclamación sobre automóviles y autopartes.



